El concurso mercantil es un procedimiento especial que se lleva a cabo ante un Juez federal al que se somete una persona física o moral que sea comerciante con situación de incumplimiento generalizado en el pago de sus obligaciones con la finalidad de reestructurar sus obligaciones, incluyendo autoridades fiscales, en los términos de un convenio
Habilita Tu Buzón Tributario
Recuerda que si tributas en el Régimen de Incorporación Fiscal, enajenación de bienes o la prestación de servicios a través de internet mediante plataformas tecnológicas y aplicaciones informáticas y similares, tienes como fecha límite para habilitar el Buzón Tributario las siguiente: “Facilidad para NO habilitar tu Buzón Tributario” Asimismo, si eres contribuyente cuya situación fiscal
SECTOR PRIMARIO
Si te dedicas a actividades agrícolas, ganaderas, pesca o silvícolas, tienes obligaciones fiscales: Puedes pertenecer a este régimen, si eres una persona física que se dedica exclusivamente a actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas o pesqueras. Se considera que te dedicas exclusivamente a actividades del sector primario, cuando tus ingresos por dicho sector representan cuando menos 90%
Facilidad para emitir CFDI sin necesidad de Firma Electrónica
Los contribuyentes inscritos en el Régimen de Incorporación Fiscal cuyos ingresos no hayan rebasado de $2,000,000.00 de pesos en el ejercicio inmediato anterior o en cualquier periodo del ejercicio vigente, así como también las PF que se dediquen exclusivamente a actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas o pesqueras; Actividades Empresariales y Profesionales; enajenación de bienes o servicios
Si rentas una casa o local comercial, conoce tus obligaciones:
Inscribirte y actualizar tus datos en el RFC. 2. Llevar tu contabilidad, si optaste por deducciones propias de tu actividad. 3. Expedir comprobantes electrónicos anotando el número de cuenta predial del inmueble rentado. 4. Solicitar comprobantes fiscales 5. Presentar declaraciones: Provisionales de ISR y realizar el pago del impuesto de forma mensual o en su caso trimestral,
El llenado de las declaraciones de pago provisionales de ISR ha cambiado…
El 29 de diciembre se publicó en el DOF la Resolución Miscelánea Fiscal 2021, en la que se contempla un nuevo procedimiento de llenado de las declaraciones de los pagos provisionales de ISR de las personas morales, ya que se establece que dichas declaraciones estarán prellenadas con la información de CFDI de ingresos emitidos por
¿Puedo condonar una multa?
¿Es posible condonar una multa? De acuerdo a la ley ¡SI! De acuerdo al Código fiscal de la federación en su Artículo 74 y las reglas 2.17.5 a la 2.17.16 de la resolución miscelánea fiscal. Dicho tramite puede presentarse de manera presencial o en línea, mediante escrito libre, cumpliendo las siguientes condiciones: A) Considera que
¿Preparando tu declaración anual? Esto es lo que podrías deducir…
Antes de realizar cualquier operación te recomendamos consultar a tu contador, mientras tanto te comentamos que estos son los gastos que podrás hacer deducibles en tu declaración anual: Honorarios médicos, dentales y por servicios profesionales en materia de psicología y nutrición. * Son deducibles si son prestados por personas con título profesional legalmente expedido y registrado
¿Conoces Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita? Mejor conocida como Ley Anti lavado…
Si te dedicas a alguna de las siguientes actividades esta información es para ti: -La compra venta de inmuebles, vehículos (aéreos, marítimos y terrestres)-La prestación habitual o profesional de servicios de construcción o desarrollo de bienes inmuebles-Joyas-Obras de arte-Tarjetas de prepago-Operaciones realizadas por agentes intermediarios-Juegos, concursos y sorteos, entre otras. ¿Te identificaste? Pues pon mucha
¿Cuándo la autoridad fiscal puede cancelar tus sellos para facturar?
La autoridad fiscal tiene dicha facultad cuando: Detecten que los contribuyentes, en un mismo ejercicio fiscal y estando obligados a ello, omitan la presentación de tres o más declaraciones periódicas consecutivas o seis no consecutivas, previo requerimiento de la autoridad para su cumplimiento. Durante el procedimiento administrativo de ejecución no localicen al contribuyente o éste