Si te dedicas a actividades agrícolas, ganaderas, pesca o silvícolas, tienes obligaciones fiscales:
Puedes pertenecer a este régimen, si eres una persona física que se dedica exclusivamente a actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas o pesqueras.
Se considera que te dedicas exclusivamente a actividades del sector primario, cuando tus ingresos por dicho sector representan cuando menos 90% del total, lo anterior, sin incluir las ventas realizadas de terrenos, maquinaria, o automóviles.
Para el cumplimiento de tus obligaciones puedes optar por pagar tus impuestos de forma independiente, como persona física o integrarte de una persona moral.
Las personas físicas que obtengan ingresos por actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas o pesqueras, y que dichos ingresos representen cuando menos el 25% de sus ingresos totales en el ejercicio, sin incluir los ingresos por las enajenaciones de activos fijos y/o terrenos de su propiedad, que hubiesen estado afectos a las citadas actividades, y que además sus ingresos totales en el ejercicio no rebasen 8 veces la UMA elevado al año ($253,689 en 2020), no pagarán el impuesto sobre la renta por los ingresos provenientes de las citadas actividades hasta por un monto, en el ejercicio, de 1 UMA elevada al año (art 74-A LISR).
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